Ingresos Brutos
Permite a los/las contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos que estén adheridos al Régimen Simplificado (Monotributo Unificado), cesar dicha adhesión.
Podrán cesar en forma total la inscripción en el impuesto sobre los Ingresos Brutos o mantenerla bajo el Régimen General, obligándose por tanto a presentar las Declaraciones Juradas Mensuales y Anuales de dicho régimen.
Para saber cómo obtener la CIT, ver el trámite "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)"
Persona sobre la que recae la obligación tributaria. Puede ser Persona Humana o Persona Jurídica. Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/contribuyentes.asp.
Seleccioná el menú "Gestión".
Reglamenta el proceso de cese en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos ante la novedad informada por AFIP de cese como Monotributista por falta de pago, determinado por el Art 103 de la Ley Impositiva vigente
Implementar un Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ¿ Monotributo Unificado, en el marco de la Ley provincial N°15278, que modifica el Código Fiscal provincial (Ley N°10397 T.O 2011 y modificatorias).
Reglamentar el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos creado mediante la Ley Nº 15278.
Art. 46, 227 bis, ter, quarter, quinquies, sexies, septies, nonies, decies.
18/04/2022