Trámites Generales

Domicilio Fiscal Electrónico






Descripción

Permite constituir un canal de comunicación virtual y oficial con ARBA. Tiene los efectos legales del domicilio constituido.

La adhesión al DFE podrá ser voluntaria ingresando con la Clave Fiscal, en cuyo caso los objetos asociados a la CUIT serán adheridos a la boleta por mail. No obstante, estarán obligados/as a la constitución del DFE:

  • Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  • Agentes de Recaudación de todo gravamen respecto del cual la Agencia de Recaudación resulta Autoridad de Aplicación.
  • Quienes resulten responsables solidarios/as de los sujetos mencionados en los puntos anteriores, los/las integrantes de los órganos de administración, o quienes sean representantes legales de personas jurídicas, asociaciones, entidades y empresas, con o sin personería jurídica; como asimismo los de patrimonios destinados a un fin determinado, cuando unas y otros sean consideradas por las Leyes tributarias como unidades económicas para la atribución del hecho imponible.
  • Contribuyentes de Impuesto Inmobiliario Rural.
  • Contribuyentes de Impuesto Inmobiliario Urbano, cuando el/la mismo/a titular tribute el Impuesto Inmobiliario básico y el complementario.
  • Contribuyentes que sean responsables tributarios/as de al menos diez (10) objetos considerando Automotores, Embarcaciones Deportivas y de Recreación e Inmuebles de planta Urbana.

Vía web

Requisitos

Tené en cuenta que

  • El trámite NO tiene costo
  • Requiere CIT

    Para saber cómo obtener la CIT, ver el trámite "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)"

  • Importante
    Cualquier comunicación que sea publicada en el DFE se considerará fehacientemente notificada el momento en que el/la contribuyente o responsable haga la apertura del documento digital, en caso que fuera en día inhábil, el inmediato posterior hábil; o los días martes y viernes inmediatos posteriores a la fecha en que las notificaciones o comunicaciones se encontraran disponibles, o el día hábil administrativo siguiente si alguno fuera inhábil. En el caso de las notificaciones, emplazamientos o comunicaciones que se hubieran puesto a disposición con posterioridad a las 18 horas, se considerará efectivizada la diligencia el día hábil siguiente. Cuando la misma comunicación se envíe en formato electrónico y físico -papel- los plazos se computarán desde la que se haya perfeccionado en primer término.
    Las comunicaciones permanecerán disponibles en el DFE durante un plazo máximo de ciento ochenta (180) días corridos desde el momento que abrió el documento digital.

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona sobre la que recae la obligación tributaria. Puede ser Persona Humana o Persona Jurídica. Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/contribuyentes.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra (Humana o Jurídica) en virtud de una designación judicial, debido a una incapacidad legal que recae sobre aquella. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteJudicial.asp.

Pasos a seguir Web

  1. Presioná en el botón de "Iniciar trámite" o directamente accedé a "Autogestión" para iniciar el trámite.
  2. Ingresá CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT) y presioná "Ingresar".
  3. En caso de ser el primer ingreso y no tener datos de contacto declarados, deberás previamente consignar al menos un número de teléfono y un mail con carácter de contribuyente.
  4. Ingresá en el menú del margen superior derecho en "Domicilio Fiscal Electrónico – adherite".
  5. Presioná en "Confirmar Adhesión" y te mostrará un mensaje de confirmación.

Normativas

Última actualización

12/03/2024