Trámites Generales

Solicitud Compensación de Pagos Presencial






Descripción

Permite solicitar la compensación de saldos acreedores con saldos deudores o la imputación de los saldos acreedores a la cancelación de las obligaciones corrientes y/o futuras (incluidas cuotas de Planes de Pagos), referidos a un mismo objeto.

Es de aplicación para los impuestos: Inmobiliario (Básico y Complementario), Automotores y Embarcaciones Deportivas o de Recreación.

Presencial
Con turno

Requisitos

  • Que el/los objeto/s esté/n asociado/s a la CUIT, CUIL o CDI del interesado, caso contrario deberás efectuar, según corresponda la:
  • No haber interpuesto demanda de repetición que se encuentre pendiente de resolución definitiva.
  • Datos de identificación personal (nombre y apellido, DU y CUIT, CUIL o CDI) y de contacto (domicilio, teléfono y correo electrónico).
  • Cuando la petición sea efectuada por representantes deberán indicarse expresamente sus datos de identificación personal (nombre y apellido, DU y CUIT, CUIL o CDI).
  • Identificación del Objeto:
    • Para impuesto Inmobiliario: número de Partido / Partida.
    • Para impuesto Inmobiliario Complementario: número de CUIT y planta.
    • Para impuesto a los Automotores: número de dominio (patente).
    • Para impuesto a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación: número de dominio (de Arba).

Documentación

Toda DOCUMENTACIÓN -sin excepción- se presentará en Original y Copia, o copia certificada por Escribano Público. No es válida la certificación Bancaria.

Todos los CERTIFICADOS deberán tener una vigencia de emisión no superior a los 120 días corridos. Salvo que el certificado exprese lo contrario o plazo diferente.

Para poder atenderte en forma ágil, deberás aportar un único archivo comprimido en formato ".rar" o ".zip" conteniendo toda la documentación requerida en formato digital, incluyendo la que acredita identidad y personería.
  • Documento único o Pasaporte (sólo Extranjeros).
  • Comprobantes de pagos. En caso de pago electrónico (Tarjeta de Crédito/Débito, Cuenta bancaria) presentar adicionalmente resumen bancario y descargar el comprobante de pago desde la página Provincia Net - Comprobantes de Pago.

Tené en cuenta que

  • El trámite NO tiene costo
  • Importante
    A fin de resolver las solicitudes presentadas se tendrá en cuenta que el carácter de contribuyente o responsable del interesado se encuentre registrado en las bases de datos de esta Agencia de Recaudación, con vigencia a la fecha en la cual se hubieran generado los saldos a favor.
    Mediante la Resolución Normativa N°12/2023, se modifica el art. 23 de la RN 52/2020, estableciendo que la Agencia efectuará el mecanismo de compensación automática y de oficio de saldos a favor de contribuyentes o responsables, provenientes de los Impuestos Inmobiliario - Básico y Complementario-, a los Automotores y de las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, sin tope alguno.

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona sobre la que recae la obligación tributaria. Puede ser Persona Humana o Persona Jurídica. Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/contribuyentes.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Pasos a seguir Presencial

  1. Concurrí a uno de nuestros Centros de Servicio Locales habilitados, exclusivamente en el día y horario del turno reservado, con la documentación requerida.

    Podés reservar turno presionando en el botón "Solicitar turno" en el inicio del trámite.
  2. Allí deberás completar el formulario de "Solicitud de compensación de pagos" (A-018V3) y aportar la documentación respaldatoria.
  3. Finalizado el trámite serás notificado, vía postal o a través del Domicilio Fiscal Electrónico (en caso que lo poseas), del resultado del mismo y si no surgieron inconsistencias, se te adjuntará a la notificación, copia de la Constancia de Compensación (Formulario A-341).

Normativas

Última actualización

12/03/2024