Catastro y Geodesia

PH Posesión






Descripción

Permite determinar el objeto -Unidad Funcional o Complementaria- que se posee a fin de intentar obtener la titularidad por los mecanismos legales correspondientes de los organismos determinados.

 

Turnos sólo para Profesionales, Gestores y Organismos

Web / Presencial

Requisitos

  • Haber realizado el trámite PH Circular 10.
  • El profesional debe estar empadronado, activo y no inhabilitado (sin sanciones) por el colegio correspondiente.

Documentación

RECORDÁ confeccionar el Comprobante informativo en el Sistema de Información Catastral.

Toda DOCUMENTACIÓN -sin excepción- se presentará en Original y Copia, o copia certificada por Escribano Público. No es válida la certificación Bancaria.

Todos los CERTIFICADOS deberán tener una vigencia de emisión no superior a los 120 días corridos. Salvo que el certificado exprese lo contrario o plazo diferente.
  • Documento único o Pasaporte (sólo Extranjeros).
  • Comprobante Informativo.
  • Nota de solicitud “PH-Posesión”.
  • Circular 10 (copia de carátula del plano de subdivisión intervenido por el departamento Zona respectivo).
  • Informe de dominio (expedido por la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad referido al inmueble a subdividir).
  • Plano de subdivisión (original en tela transparente: tres copias enteladas; copias simples 6 como mínimo; 10 como máxima).
  • Copia del plano visada (por el Colegio de ingenieros o Caja de Agrimensores) o constancia de visado digital correspondiente al profesional interviniente (Constancia de control arancelario).
  • Copia del Plano de PH Antecedente de la que surge la UF/UC del inmueble.

Tené en cuenta que

  • El trámite tiene costo.
  • Importante
    Se presenta un trámite, o plano, por cada unidad funcional o complementaria.
    Profesional: En caso de trámite devuelto recordá que la liberación del visado profesional se realiza en el momento de la entrega de la documentación.
    Incumbencia Catastral
    • Agrimensores
    • Ingenieros con Incumbencia en la Agrimensura

¿Quién puede presentar el trámite?

Profesional habilitado a realizar Trámites Catastrales por el Colegio o Consejo correspondiente.

Profesional habilitado a realizar Trámites Catastrales por el Colegio o Consejo correspondiente.

Persona habilitada a realizar Trámites Catastrales por el Colegio o Consejo o un tercero correspondiente.

Persona que actúa en nombre de otra persona (Humana) - Profesional - en virtud de la facultad que esta le confiere.

Persona que actúa en nombre de otra persona (Juridica) - Organismo - en virtud de la facultad que esta le confiere.

Pasos a seguir

  1. Generar el Comprobante Informativo.
  2. Concurrí a cualquiera de los Centros de Servicio Local habilitados con Mesa de Atención Presencial de Catastro (MAP), previa reserva de turno por medio del botón "Solicitá turno", con la documentación solicitada en "Requisitos" para ingresar el trámite. Finalizado el mismo, te entregaremos una oblea como constancia. Podrás realizar el seguimiento del trámite accediendo al Sistema de Informacion Catastral.
  3. En caso de que el trámite haya tenido alguna observación se podrá descargar el motivo de rechazo a fin de subsanar el error y volverlo a ingresar.
    Nota: recordá que, en caso de estar rechazado, para volver a ingresar el trámite deberás previamente retirar el rechazado en la MAP donde lo ingresaste o en el casillero correspondiente.

Normativas

Última actualización

27/11/2023