Agentes de Recaudación

Pago de Deuda por Defraudación en Instancia Judicial






Descripción

Permite solicitar la liquidación de contado de una deuda en instancia judicial, generada por retenciones y/o percepciones no efectuadas con relación a los impuestos sobre los Ingresos Brutos y/o de Sellos.

Vía web

Requisitos

  • Poseer Clave de Identificación Tributaria (CIT) u obtenerla (Ver trámite de "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)").
  • Haber realizado el Acuerdo de Pagos con el/la Apoderado/a Fiscal correspondiente, cuyos datos de contacto podrás obtener en nuestros Centros de Servicio Local o a través de la página de Fiscalía de Estado.
  • Haber abonado los gastos y honorarios del juicio, y que el/la Apoderado/a Fiscal lo haya comunicado a ARBA.

Tené en cuenta que

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona que posee un derecho de propiedad sobre un bien.

Persona obligada al pago del impuesto.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Pasos a seguir Web

  1. Presioná en el botón de "Iniciar trámite" o directamente accedé a Autogestión.
  2. Ingresá tu CUIT, CUIL o CDI y Clave de Identificación Tributaria (CIT), y presioná "Ingresar".
  3. Ingresá en el enlace "Juicio" que está junto al monto de deuda del objeto.
  4. Seleccioná "Confeccionar Plan" (en el renglón que dice Juicios correspondiente).

    Nota: Para poder realizar la consolidación del plan en la columna "Honorarios Cargados" deberá estar consignado "SI".
  5. Seleccioná los montos embargados, si querés hacer la transferencia de los mismos. Ingresá el monto a transferir, presioná calcular y luego "Continuar". En caso de no tener medidas cautelares activa continuá en el paso 7.
  6. Presioná "Descargar PDF" para que se habilite el botón "Confirmar Transferencia".
  7. Seleccioná la opción de pago elegida y presioná "Continuar".
    PASO 1 PRESENCIAL: Concurrí a uno de nuestros Centro de Atención habilitados, exclusivamente en el día y horario del turno reservado, con la documentación requerida.

    Podés reservar turno presionando en el botón "Solicitar turno".
    PASO 2 PRESENCIAL: Allí te entregaremos la boleta de pago para abonar la deuda por Defraudación en Instancia Judicial.

Normativas

Última actualización

11/03/2024