Sellos

Desgravación del Impuesto






Descripción

Permite solicitar la liquidación del Impuesto de Sellos, a los efectos de la escrituración, en función del valor que tenía el inmueble al momento de su compra, sin considerar el valor incorporado por las mejoras o construcciones realizadas con posterioridad a la fecha de adquisición.

Vía web

Requisitos

Documentación

  • Archivo comprimido en formato "pdf" con la siguiente documentación digitalizada:
    • Nota solicitando la desgravación. Podés descargar una nota tipo para usar como modelo.
    • Formularios Línea 900: Declaración de incorporación de mejoras ante ARBA.
    • Boleto de compraventa del terreno donde conste la fecha de toma de posesión del inmueble, debiendo estar certificada las firmas de las partes por escribano/a público/a y el Impuesto de Sellos pago.

    Aclaración: Ante la falta de alguno de estos elementos probatorios o cuando los mismos no cumplan con todas las condiciones exigidas, se podrán presentar, siempre que estén a nombre de la persona adquirente, los que a continuación se detallan:
    • Plano municipal de obra aprobado.
    • Comprobantes de pago de materiales de construcción y/o locación de servicios u obra.
    • Solicitud de instalación o facturas de suministro de servicios a empresas proveedoras.

Tené en cuenta que

  • El trámite NO tiene costo
  • Requiere CIT

    Para saber cómo obtener la CIT, ver el trámite "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)"

  • Importante
    La determinación del Impuesto se hará sobre el precio de venta; la valuación fiscal o, en los casos que exista, el valor inmobiliario de referencia -VIR- (Ley Nº 10.707 y modificatorias), el que fuere mayor, sin computar las mejoras incorporadas por la persona adquirente con posterioridad a la toma de posesión del inmueble.
    Podés realizar el seguimiento del trámite vía web.
    Podés consultar el estado de tu consulta o reclamo y podrás reiterar una presentación activa a fin de impulsar las actuaciones sobre tu reclamo, tené en cuenta que esta acción solo está permitida una vez por cada dependencia que esté tratado el caso.

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona que, pudiendo ser o no el/la legítimo/a propietario/a, tiene en su poder una cosa o bien.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Pasos a seguir Web

  1. Presioná el botón "Iniciar trámite" o directamente accedé al Sistema Integral de Reclamos y Consultas.
  2. Completá los datos requeridos:
    • Nombre y Apellido/Razón Social de la persona Titular.
      Nota: en caso de ser solicitado por un/a tercero/a (familiar, apoderado/a, director/a o gerente de la empresa), ingresá en "Datos de Contacto" y completá tus datos.
    • CUIT / CUIL de la persona Titular.
    • Correo Electrónico de la persona Titular.
    • Teléfono de la persona Titular.
    • Domicilio de la persona Titular.
    • Objeto imponible (impuesto "Inmobiliario"; partido - partida y relación).
    • Detalle de la información referida a las construcciones realizadas con posterioridad a la fecha de adquisición.
    • Documentación que acredite la modificación solicitada en un único archivo en formato pdf.
    • Indicación de documentos que se adjuntan.
  3. Presioná el botón "Confirmar".
    Recibirás un correo electrónico a la casilla de la persona titular con la información del trámite iniciado, con la cual podrás realizar su seguimiento.
  4. Una vez finalizado el trámite, te comunicaremos las modificaciones efectuadas por medio de un correo electrónico enviado a las casillas registradas.

Instructivo

Normativas

Última actualización

15/04/2024