Ingresos Brutos
Permite regularizar deudas provenientes del impuesto sobre los Ingresos Brutos, en instancia prejudicial, por medio de un plan de pagos, estableciendo un compromiso formal de pago y el reconocimiento de la deuda.
Deuda en instancia prejudicial devengada hasta el 31 de diciembre del año calendario inmediato anterior a aquel en el cual se formaliza el acogimiento y planes de pago caducos a dicha fecha.
Para saber cómo obtener la CIT, ver el trámite "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)"
Persona obligada al pago del impuesto.
Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.
Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.
Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra (Humana o Jurídica) en virtud de una designación judicial, debido a una incapacidad legal que recae sobre aquella. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteJudicial.asp.
Artículos 105 al 107.
Implementar un régimen para la regularización de deudas provenientes de los impuestos Inmobiliario -básico y complementario-, Automotores, Embacaciones, Ingresos Brutos y Sellos, en sustitución del previsto en la RN N° 6/2016.
17/01/2023