Sellos
Permite presentar la Declaración Jurada de Instrumentos Judiciales y obtener la liquidación para el pago correspondiente.
Para saber cómo obtener la CIT, ver el trámite "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)"
Persona sobre la que recae la obligación tributaria. Puede ser Persona Humana o Persona Jurídica. Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/contribuyentes.asp.
Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.
Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.
Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra (Humana o Jurídica) en virtud de una designación judicial, debido a una incapacidad legal que recae sobre aquella. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteJudicial.asp.
Ingresá al menú "Presentaciones" y luego al submenú "Iniciar DJ".
Ingresá los datos de carátula del Oficio Judicial y presioná el botón "Guardar".
En la lista de Actos Asociados, presioná el botón "Agregar acto".
La fecha a ingresar debe ser la del auto que ordena la inscripción para los tipos de acto "Inscripción de Declaratoria de Herederos", "Divorcio", "Subasta", "Usucapión" y "Cancelación de Hipoteca".
Presioná en el ícono ubicado en la columna "Partidas", en la fila correspondiente al acto cargado, y para cada Partida inmobiliaria asociada al acto, ingresá el número de Partida y presioná el botón "Agregar partida". El sistema te mostrará las valuaciones fiscales de las Partidas ingresadas correspondientes a la fecha del acto.

Para cada Partida ingresada, presioná en el ícono ubicado en la columna "Intervinientes", e ingresá los respectivos intervinientes.
Una vez cargados todos los inmuebles e intervinientes, presioná el botón “Continuar” para ir a la pantalla principal.
Allí presioná el botón "Enviar DJ" y presioná "Aceptar" en la ventana de confirmación que aparecerá.
El sistema te mostrará el resultado de la operación. Presioná el botón "Volver" para acceder a la liquidación para el pago.
Seleccioná la fecha en la que se efectivizará el pago.
Prorroga los vencimientos para la presentación y pago del Impuesto de Sellos de contribuyentes con domicilio fiscal en el partido de Bahía Blanca cuyo vencimiento opere entre los días 6 y 31 de marzo de 2025, hasta el día 29 de abril de 2025.
Presentación de declaración jurada y liquidación para el pago del Impuesto de Sellos y/o de la Tasa Retributiva de Servicios Administrativos, para actos judiciales declarativos de dominio de bienes inmuebles.
Impuesto de Sellos y Tasa Retributiva de Servicios Administrativos. Actos Judiciales declarativos del dominio de inmuebles. Modificación de la Resolución Normativa N° 08/16.
Modificar las tasas de interés aplicables a los supuestos comprendidos en los artículos 96 y 104 del Código Fiscal -Ley N° 10397 (T.O. 2011) y modificatorias-, reglamentadas en la Resolución Normativa N° 61/2012 y modificatoria.
20/05/2025