Automotores

Alta, baja o transferencia






Descripción

Permite gestionar ante la Agencia, los trámites de alta, baja y/o transferencia de los automotores que los Registros Seccionales de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA) no informen a la misma.

Vía web

Requisitos

Documentación

Toda DOCUMENTACIÓN -sin excepción- se presentará en Original y Copia, o copia certificada por Escribano/a Público/a. No es válida la certificación bancaria.

Todos los CERTIFICADOS deberán tener una vigencia de emisión no superior a los 120 días corridos, salvo que el certificado exprese lo contrario o plazo diferente.
  • Para los casos de transferencia:
    • Título del automotor (comprador).
    • Informe de Dominio (vendedor).
  • Para los casos de alta:
    • Vehículo 0 km:
      • Título del automotor.
      • Factura de compra.
      • Certificado de fabricación (en caso de corresponder).
    • Por recupero:
      • Título del automotor.
      • Oficio Judicial.
      • Solicitud tipo 04 o TP expedido por el Registro Seccional Automotor.
    • Por cambio de radicación:
      • Título del automotor.
  • Para los casos de baja:
    • Por cambio de radicación:
      • Informe Histórico de Titularidad y de Estado de Dominio.
    • Por hurto o robo:
      • Título del automotor.
      • Solicitud tipo 04 o TP expedido por el Registro Seccional Automotor.
      • Denuncia policial.
    • Por destrucción o desarme:
      • Título del automotor.
      • Solicitud tipo 04 o TP expedido por el Registro Seccional Automotor
    • Por exportación:
      • Título del automotor.
      • Solicitud tipo 04 o TP expedido por el Registro Seccional Automotor.

Tené en cuenta que

  • El trámite NO tiene costo
  • Requiere CIT

    Para saber cómo obtener la CIT, ver el trámite "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)"

  • Importante
    El alta, baja o transferencia se deberá realizar dentro de los 15 días hábiles administrativos posteriores al trámite realizado en el DNRPA.
    En los casos en que se haya abonado el impuesto de Sellos en otra jurisdicción, se deberá adjuntar constancia del mismo.
    Cuando la transferencia haya sido informada por el vendedor se deberá adjuntar informe de dominio.
    En los casos de "transferencia o baja por cambio de radicación" donde el comprador NO haya realizado la comunicación de la misma ante la Agencia en los 15 días hábiles administrativos, el vendedor podrá declarar la baja de su vehículo desde este trámite.

Pasos a seguir Web

  1. Presioná el botón "iniciar trámite" o directamente accede a "Alta, baja y transferencia de Automotores".
  2. Seleccioná el trámite que queres realizar:
    • Alta.
    • Transferencia.
    • Baja.
  3. Ingresá tu CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT).
  4. Completa los datos solicitados y adjunta la documentación.
  5. Confirmando la carga, el sistema te dará un número de identificación del mismo para que puedas consultar el estado del trámite.

Instructivo

Normativas

  • Código Fiscal (T.O. 2011)

    Artículos 231 y 233.

  • Resolución Normativa 29 / 24

    Alta, transferencia y bajas de Impuesto a los Automotores. Procedimiento supletorio en caso de incumplimiento de los Encargados de Registros Seccionales de la DNRPA en territorio de la provincia de Buenos Aires y para todos los Registros ubicados fuera de la Provincia.

Última actualización

15/07/2025