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Automotores - Solicitud de Exención Soldados Excombatientes  

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Datos del turno
Do Lu Ma Mi Ju Vi Sa

    • Acreditar su condición de ex Soldado Conscripto Combatiente de la Guerra del Atlántico Sur, según lo prescripto por los artículos 1º y 2º del Decreto Nacional Nº 509/88 reglamentario de la Ley Nº 23.109, 23.109, como también la unidad de flota aérea, marítima o terrestre en la que el civil o el soldado conscripto haya participado y para el cual prestaron colaboración.
    • Ser titular del automotor.
    • Residencia en la Provincia de Buenos Aires con una antigüedad no inferior a diez años.
     

    Documentación

    Toda DOCUMENTACIÓN -sin excepción- se presentará en Original y Copia, o copia certificada por Escribano/a Público/a. No es válida la certificación Bancaria.

    Todos los CERTIFICADOS deberán tener una vigencia de emisión no superior a los 120 días corridos, salvo que el certificado exprese lo contrario o plazo diferente.

    • Documento Único o Pasaporte (sólo Extranjeros).
    • Título de Propiedad Automotor.
    • Certificado de participación en el conflicto bélico emitido por Autoridad Competente (avalado por el Ministerio de Defensa). El certificado debe:
      • Especificar claramente la unidad de flota, aérea, marítima o terrestre en la que participó y para la cual prestó colaboración.
      • Enunciar que se ha encontrado dentro de la zona de exclusión de las 200 millas náuticas alrededor de las Islas Malvinas.
    • Documentación que acredite residencia en la Provincia de Buenos Aires con antigüedad no inferior a diez (10) años contados a partir de la solicitud de exención. Para cumplimentar con este punto se aceptará:
      • Constancia de domicilio emitida por la Secretaria Electoral Nacional (histórico de los domicilios); o
      • Título de propiedad de un inmueble situado en la Provincia de Buenos Aires adquirido hace más de diez años destinado a vivienda familiar permanente correspondiente al domicilio denunciado en el DNI; o
      • Boleto de compra venta del inmueble situado en la Provincia de Buenos Aires con posesión ininterrumpida desde hace más de diez años con destino a vivienda familiar permanente correspondiente al domicilio denunciado en el DNI con firmas certificadas y pago del impuesto de sellos; o
      • Contratos de locación de inmuebles en jurisdicción provincial destinados a vivienda familiar, sucesivos e ininterrumpidos durante al menos 10 años, con firmas certificadas e impuesto de sellos debidamente repuesto.
    • Declaración Jurada de Solicitud/Afectación (R-999 v5).
    • Formulario "Solicitud de Exención" (CF05) - otorgado por el sistema al momento de la carga.

  He leído los Requisitos

Gobierno de la Provincia de Buenos Aires