Para Impuesto Inmobiliario: número de Partido/Partida.
Para Impuesto a los Automotores: número de dominio (patente).
Para Impuesto a los Ingresos Brutos: número de CUIT/CUIL/CDI.
Documentación
Toda DOCUMENTACIÓN -sin excepción- se presentará en Original y Copia, o copia certificada por Escribano/a Público/a. No es válida la certificación Bancaria.
Todos los CERTIFICADOS deberán tener una vigencia de emisión no superior a los 120 días corridos, salvo que el certificado exprese lo contrario o plazo diferente.
Documento Único o Pasaporte (sólo Extranjeros/as).
Oficio Judicial original detallando el pedido, los bienes involucrados, vigencia de la liberación, transcripción del auto judicial, indicación de los datos del expediente y las partes involucradas, con firma de e/la secretario/a o juez/a según el caso.
Aviso de deuda por el/los impuesto/s que trate el oficio judicial.
He leído los Requisitos
Importante
Para confirmar el turno Usted debe leer los requisitos del trámite
y tildar la casilla de confirmación que se encuentra al final de los mismos