Saltar al contenido de la página Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Presentación de DDJJ (art. 208 CF)

Descripción

Los contribuyentes inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos los cuales sean empleadores de personas con capacidades diferentes o liberados, pueden imputar el equivalente al cincuenta por ciento (50%) de las remuneraciones nominales que perciben dichos empleados, como pago a cuenta del impuesto.

Instructivo