Resolución Normativa Nº 003/13

LA PLATA, 29 DE ENERO DE 2013

VISTO:
Que por el expediente Nº 22700-19460/12, se propicia modificar el procedimiento para la vinculación y/o la desvinculación de responsabilidad fiscal de los contribuyentes del Impuesto Inmobiliario, y

CONSIDERANDO:
Que el artículo 169 del Código Fiscal (Ley N° 10397, T.O. 2011 y modificatorias) dispone que los titulares de dominio, los usufructuarios y los poseedores a título de dueño pagarán anualmente por cada inmueble situado en la Provincia, el Impuesto Inmobiliario cuyas alícuotas y mínimos serán los que fije la Ley Impositiva;

Que ese marcado aspecto subjetivo utilizado por el legislador, lleva a concluir que el criterio de atribución del hecho imponible del tributo no refiere al título jurídico sobre el inmueble, sino más bien a la disponibilidad económica del patrimonio (en igual sentido Dino Jarach, "El Hecho Imponible", Abeledo Perrot, Bs. As. 1982, 3º edición. Idem Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia de Buenos Aires, Sala 3º, "in re" Wagner Leonardo F., sentencia del 22 de junio de 2002);

Que en el marco de dichos preceptos, y para facilitar la recepción y carga de los datos de los responsables del pago del tributo en los registros de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, la Resolución Normativa N° 63/10 estableció el procedimiento para la vinculación y/o desvinculación de responsabilidad fiscal de los contribuyentes del Impuesto Inmobiliario, mediante la utilización de diversas aplicaciones y tecnologías informáticas para la transmisión y el procesamiento de información;

Que en esta oportunidad resulta conveniente modificar algunos aspectos del procedimiento para la vinculación y/o la desvinculación mencionado en el párrafo anterior;

Que han tomado la intervención de su competencia la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente, la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación, y sus dependencias;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1º: Sustituir el Anexo I de la Resolución Normativa N° 63/10, por el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2º: La presente comenzará a regir a partir del día de su fecha.

Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.


Ver Anexo I


RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 3/13