Es un régimen de información
anual que deben cumplir los contribuyentes del impuesto Inmobiliario Rural de Inmuebles cuya superficie total,
considerada de manera individual o conjunta, resulte igual o superior a las cincuenta (50)
hectáreas. Ingrese aquí
Obtención de CIT
Recuerde que para realizar modificaciones de datos, ceses y transferencias de Declaraciones Juradas debe tener la CIT. Ingrese
aquí
Instructivo para la presentación de la DDJJ
(Actualizado según Resolución Normativa 130/08) Ingrese aquí
Descargos
Ud. puede realizar un descargo de
intimación
a contribuyentes que incumplieron con el régimen de información
del control fiscal agropecuario. Ingrese
aquí
Importante
El art.143 del Código Fiscal
define como contribuyente del impuesto inmobiliario a
los titulares de dominio, los usufructuados y los poseedores
a título de dueño.