Resolución Normativa Nº 025/11


LA PLATA, 12 DE MAYO DE 2011

VISTO:
Que por el expediente Nº 227004.288/11, se propicia prorrogar la entrada en vigencia de las modificaciones introducidas por los artículos 1°, 6°, 9° y 16 de la Resolución Normativa Nº 14/11, y

CONSIDERANDO:
Que el artículo 41 del Código Fiscal (Ley N° 10397, T.O. 2011) establece que el traslado o transporte de bienes en el territorio provincial deberá encontrarse amparado por un Código de Operación de Traslado o Transporte;

Que a través del dictado de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 32/06 (texto ordenado por la Disposición Normativa Serie "B" N° 54/06) y sus modificatorias, esta Autoridad de Aplicación procedió a reglamentar la forma, modo y condiciones en que la obli-gación señalada debía cumplimentarse;

Que, posteriormente, mediante el dictado de la Resolución Normativa Nº 14/11, se introdujeron nuevas modificaciones en el texto de la norma señalada en el párrafo anterior, a la vez que se procedió a dictar un nuevo texto ordenado de la Disposición Normativa Serie "B" N° 32/06 y sus modificatorias;

Que, posteriormente, y en virtud de haber tomado conocimiento de la existencia de dificultades de índole operativa, vinculadas con la necesaria readecuación de los sistemas informáticos de los contribuyentes alcanzados por la obligación, para la imple-mentación de los nuevos deberes a su cargo, mediante la Resolución Normativa Nº 20/11, se prorrogó hasta el 16 de mayo de 2011, la entrada en vigencia de las modificaciones in-troducidas por los artículos 1º, 6º, 9º y 16 de la Resolución Normativa Nº 14/11;

Que en esta oportunidad, la subsistencia de algunas de las problemáticas oportunamente consideradas torna necesaria una nueva postergación, en orden a posibilitar una adecuada implementación de las modificaciones introducidas;

Que han tomado intervención la Gerencia General de Fiscalizaciones Masivas, así como la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación, y sus dependencias;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1º: Establecer que la prórroga dispuesta por el artículo 2° de la Resolución Normativa Nº 20/11, se extenderá hasta el día 30 de junio de 2011, inclusive.

Artículo 2º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.


RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 25/2011