Resolución Normativa Nº 063/09

LA PLATA, 1 de septiembre de 2009.

VISTO:
Que por expediente N° 2360-158.302/09 se propicia la incorporación, en el ámbito de la Unidad de Asistencia Técnica Integral, de UN (1) cargo de Coordinador Técnico Institucional, y

CONSIDERANDO:
Que por Resolución Normativa N° 24/08, modificada por sus similares N° 49/08, N° 113/08 y N° 11/09, se aprobó, en carácter de unidad ad-hoc, la Unidad de Asistencia Técnica Integral;

Que por Resolución Normativa N° 11/09 se determinaron para la misma los siguientes cargos: DOS (2) Coordinador Técnico Institucional, con rango y remuneración equivalente a Director Provincial, y SIETE (7) Consultor Técnico, con rango y remuneración equivalente a Director, todos ellos conforme a Ley N° 10430 - T.O. por Decreto Nº 1869/96 y Decreto Reglamentario Nº 4161/96-;

Que dicha Unidad tiene como competencias, entre otras, la de asistir técnicamente al Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires en la implementación de políticas, programas y proyectos vinculados a la política tributaria y a la administración del catastro territorial;

Que la multiplicidad de programas y acciones a implementarse a través de la Unidad ameritan generar un cargo adicional Coordinador Técnico Institucional que se aboque al desarrollo de las acciones oportunamente aprobadas en el Anexo 2 de la Resolución Normativa N° 24/08;

Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4° inciso e) de la Ley N° 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1°: Aprobar e incorporar, en el ámbito de la Unidad de Asistencia Técnica Integral, UN (1) cargo de Coordinador Técnico Institucional, con rango y remuneración equivalente a Director Provincial; conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial (Ley N° 10430, T.O. por Decreto Nº 1869/96 y Decreto Reglamentario Nº 4161/96).

Artículo 2°: Registrar, comunicar a la Secretaría General de la Gobernación y al Ministerio de Economía, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.