Resolución Normativa Nº 116/08

LA PLATA, 28 de noviembre de 2008.-

VISTO:
Que se propicia la aprobación, en el ámbito de la Subdirección Ejecutiva de Gestión de la Relación con el Ciudadano -Gerencia de Soluciones de Mejora de Servicios Catastrales-, del cargo de coordinador de actuaciones catastrales, y

CONSIDERANDO:
Que por Resolución Normativa N° 5/08 se aprobó la estructura orgánico superior de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, incorporando, entre otras, la Subdirección Ejecutiva de Gestión de la Relación con el Ciudadano;

Que asimismo, por Resolución Normativa N° 37/08 se desagregó la estructura organizativa de dicha dependencia, aprobando, entre otros órganos, la Gerencia de Soluciones de Mejora de Servicios Catastrales;

Que la Gerencia referenciada, es competente en el análisis, estudio, evaluación, planificación e implementación de las distintas acciones que permitan una eficiente administración del catastro territorial;

Que a esos fines, resulta oportuno y conveniente aprobar e incorporar un cargo que se aboque a la coordinación de las acciones vinculadas con la gestión de las distintas actuaciones catastrales, juntamente con la Gerencia de Soluciones de Mejora de Servicios Catastrales, los Centros de Servicios Locales distribuidos en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires, y el Registro de la Propiedad dependiente del Ministerio de Economía;

Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1°: Aprobar e incorporar, en el ámbito de la Subdirección Ejecutiva de Gestión de la Relación con el Ciudadano -Gerencia de Soluciones de Mejora de Servicios Catastrales-, el cargo de Coordinador de Actuaciones Catastrales, con rango y remuneración de Subdirector, conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial (Ley N° 10.430 - T.O. Decreto Nº 1869/96, Decreto Reglamentario Nº 4161/96).

Artículo 2°: Determinar, que el Coordinador de Actuaciones Catastrales, será competente para el desempeño de las siguientes acciones:

1. Coordinar, juntamente con la Gerencia de Soluciones de Mejora de Servicios Catastrales y el Registro de la Propiedad de la provincia de Buenos Aires, el ingreso y egreso de la documentación catastral, como así también la remisión de la misma a todas aquellas áreas y dependencias de la Agencia que deban intervenir en virtud del ámbito de su competencia.

2. Coordinar, juntamente Centros de Servicios Locales, la remisión de los tramites catastrales iniciados en dichas dependencias, para su posterior gestión y finalización, a través de las distintas áreas con competencia e injerencia en la materia.

3. Realizar el seguimiento pormenorizado de los distintos trámites catastrales iniciados, controlando el tiempo y forma determinados para los mismos e informando a las áreas respectivas de cualquier desvío detectado a tal efecto.

4. Organizar y mantener actualizado un registro de todos los trámites catastrales finalizados y en curso, elevando, de acuerdo a los lineamientos, pautas, criterios y periodicidad que determine la superioridad, un informe detallado de los mismos.

5. Asegurar la provisión de insumos necesarios para la tramitación de los trámites catastrales, a saber: bolsines, precintos, obleas y artículos de librería para un adecuado y normal funcionamiento de la Gerencia de Soluciones de Mejora de Servicios Catastrales.

Artículo 3°: Registrar, comunicar a la Secretaría General de la Gobernación -Dirección Provincial de Personal-, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.