Disposición Normativa-Serie "B" Nº 080/07

ASUNTO: Disposiciones Normativas Serie "B" N° 9/07 y mods., 76/07 y 78/07. Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos. Contribuyentes sometidos a proceso de fiscalización. Restablecimiento de condiciones especiales y beneficios adicionales.


La Plata, 28 de Noviembre de 2007.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de la Disposición Normativa Serie "B" N° 9/07 esta Autoridad de Aplicación estableció un régimen para la regularización de las deudas de los contribuyentes, provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que se encuentren en proceso de fiscalización.

Que mediante las Disposiciones Normativas Serie "B" N° 76/07 y 78/07 esta Autoridad de Aplicación posibilitó la regularización de la deuda correspondiente a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, por períodos no fiscalizados, de los contribuyentes que encontrándose en proceso de fiscalización hubieren formalizado su acogimiento al régimen de regularización de deudas de conformidad con lo dispuesto en las Disposiciones Normativas Serie "B" Nº 9/07 y 91/06, respectivamente.

Que en este momento se considera oportuno restablecer para dicho segmento de contribuyentes la vigencia de las condiciones especiales y los beneficios adicionales que estuvieron vigentes al 23 de noviembre del presente, por un determinado lapso de tiempo.

Que corresponde, entonces, dictar la normativa pertinente.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes
al cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1167/05,
DISPONE:

Artículo 1: Restablecer, a partir del 30 de noviembre y hasta el 7 de diciembre de 2007, las condiciones especiales y los beneficios adicionales que estuvieron vigentes al 23 de noviembre del corriente, para aquellos contribuyentes que realicen su acogimiento de conformidad con lo dispuesto en las Disposiciones Normativas Serie "B" N° 9/07 y mods., 76/07 y 78/07.

Artículo 2: Establecer la vigencia de la presente Disposición a partir del día de su fecha.

Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación en el Boletín Oficial, incorpórese y regístrese en el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires, circúlese y archívese.

 
 
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