Disposición Normativa-Serie "B" Nº 076/07

ASUNTO: Disposición Normativa Serie "B" N° 9/07 y mods. Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos. Contribuyentes sometidos a proceso de fiscalización. Regularización de deudas por períodos no fiscalizados.


La Plata, 20 de noviembre de 2007.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición Normativa Serie "B" N° 9/07, esta Autoridad de Aplicación estableció un régimen para la regularización de las deudas de los contribuyentes provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que se encuentren en proceso de fiscalización.

Que a través del artículo 8 de la citada disposición se permitió a aquellos contribuyentes que regularizaran el importe total de la pretensión fiscal, continuar el proceso de discusión administrativa en curso.

Que en esta oportunidad se estima conveniente extender dicha posibilidad respecto de las deudas provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, no sometidas a proceso de fiscalización, de aquellos contribuyentes que dentro de un plazo determinado, accedan a regularizar su situación fiscal mediante el acogimiento al plan de pagos establecido en la Disposición Normativa Serie "B" Nº 9/07 y mods.

Que, asimismo, quienes regularicen su situación en dichas condiciones podrán acceder al beneficio de reducción de hasta un ochenta por ciento del monto de los intereses.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes
al cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1167/05,
DISPONE:

Artículo 1: Aquellos contribuyentes que hubieren formalizado su acogimiento al régimen de regularización de deudas previsto en la Disposición Normativa Serie "B" Nº 9/07 y mods., podrán regularizar hasta el 23 de noviembre de 2007 la deuda correspondiente a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, por períodos no fiscalizados, con la reducción del monto de los intereses prevista en el artículo 3.1 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 63/07 y mods., y de acuerdo con los términos del artículo 8 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 9/07.

Artículo 2: Establecer la vigencia de la presente Disposición a partir del día de su fecha.

Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación en el Boletín Oficial, incorpórese y regístrese en el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires, circúlese y archívese.

 
 
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