Disposición Normativa-Serie "A" Nº 011/07

ASUNTO: Considerar abonados en término. Débitos con Tarjeta VISA del Impuesto Inmobiliario cuota 2006/04 y saldo anual 2006/14, según partidas detalladas en Anexo I.


La Plata 15 de Marzo de 2007.-


VISTO y CONSIDERANDO:

Que, la entidad Bancaria ha comunicado mediante nota de fecha 26/02/2007 que surgieron inconvenientes operativos en la realización de los débitos de la cuota 4/2006 y 14/2006 correspondientes al impuesto Inmobiliario con vencimiento el día 18 de Octubre de 2006, en los contribuyentes que se detallan en el Anexo I, solicitando el reingreso en el sistema;

Que, por lo antes expuesto y resultando ello, ajeno a dichos contribuyentes resulta procedente ampliar la fecha de pago, considerándolos abonados en término a la fecha de realizado efectivamente el débito;

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos en uso de las atribuciones inherentes al cargo
de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad con Decretos 1170/02 y 1167/05,
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar abonados en término al 15 de marzo de 2007, los débitos que se efectúen por la cuota 4 y 14/2006 según la opción que hayan realizado en su momento los contribuyentes, correspondientes al impuesto inmobiliario y que se encuentran detallados en el Anexo I el que forma parte integrante de la presente, por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación del presente en el Boletín Oficial, incorpórese y regístrese en el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires, procédase a su publicación por los medios masivos de comunicación, circúlese y archívese.


Ver Anexo I

 
 
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