Disposición Normativa-Serie "A" Nº 033/06

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario Planta Rural. Prórroga del vencimiento de la cuota 2 de 2006.


La Plata, 26 de julio de 2006.-


VISTO y CONSIDERANDO:

Que, mediante Disposición Normativa Serie "A" Nº 32/06 se estipuló una prórroga de las fechas de vencimiento de la cuota 02 del año 2006 correspondiente al Impuesto Inmobiliario - planta rural;

Que, por cuestiones de fuerza mayor, resulta necesario extender los vencimientos allí establecidos, en ciertos partidos de la Provincia de Buenos Aires, con el fin de facilitar el cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones fiscales de los contribuyentes del impuesto en cuestión, formalizándose dicha prórroga mediante el mismo mecanismo normativo que les diera origen;

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes
al cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1167/05,
DISPONE:

Artículo 1º: Mantener el vencimiento establecido en la Disposición Normativa Serie "A" Nº 32/06, para aquellos pagos comprendidos en las modalidades de débito automático en cuenta y en tarjeta de crédito.

Artículo 2º: Prorrogar el vencimiento de la cuota 2/2006 correspondiente al Impuesto Inmobiliario planta rural, para los partidos de Adolfo Alsina, Ameghino, Puán, Coronel Suárez, Tornquist, Bahía Blanca, Coronel Rosales, Villarino, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Saavedra, Guaminí, González Chaves, Necochea, General Lamadrid, Carlos Tejedor, Lincoln, Carlos Casares, Laprida, Patagones, Pellegrini, Tres Arroyos, Benito Juárez, Pehuajó, General Villegas, Olavarría, Salliqueló, Tres Lomas y Nueve de Julio, para la modalidad de pago en puestos de caja habilitados, hasta el día 7 de agosto de 2006 inclusive.

Artículo 3º: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, incorpórese y regístrese en el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires, procédase a su publicación por los medios masivos de comunicación, circúlese y archívese.

 
 
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