Disposición Normativa-Serie "B" Nº 049/03

ASUNTO: Tasa de Justicia. Aprobación de formulario.-


La Plata, 23 de julio de 2003.-


VISTO y CONSIDERANDO:

Que, por imperio del Código Fiscal, la Dirección Provincial de Rentas es Autoridad de Aplicación en la recaudación de tributos provinciales;

Que, ello le otorga las facultades suficientes para implementar formularios que instrumenten las modalidades de pago de los sujetos pasivos de la obligación fiscal, de conformidad con pautas legales preexistentes.

Que, a fin de permitir la efectiva recepción de la Tasa de Justicia, resulta necesario adecuar los procedimientos vinculados al cumplimiento de los deberes impositivos, proveyendo a los responsable del pago un nuevo formulario

Que, por lo tanto resulta indispensable la modificación del formulario R-516 "Tasa de Justicia" a fin de facilitar la correcta percepción y rendición del tributo.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes al cargo
de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1170/02,
DISPONE:

Artículo 1º: Derogar el formulario R-516 "Tasa de Justicia".

Artículo 2º: Aprobar el formulario R-516 v2 "Tasa de Justicia", cuyo modelo luce como Anexo I al presente.

Artículo 3º: Establecer que la constancia de pago será la impresión que realice el Banco de la Provincia de Buenos Aires (única entidad bancaria habilitada a la percepción del presente tributo), en los efectos "Banco" y "Expediente" del referido formulario y la emisión de un ticket para el efecto "Contribuyente".

Artículo 4º: El formulario referido en el Artículo precedente tendrá plena vigencia a partir del día 1 de agosto de 2003, fecha hasta la cual se podrá utilizar el formulario que se deroga.

Artículo 5º: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.


Ver Tasa de Justicia. Aprobación de formulario

 
 
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