Disposición Normativa-Serie "A" Nº 023/02

ASUNTO: Situación de Desastre Agropecuario. Prórroga para el vencimiento del pago de obligaciones devengadas y que se devenguen a partir del 01/11/01, por tributos provinciales para zonas afectadas por la misma.-


La Plata, 11 de marzo de 2002.-


VISTO y CONSIDERANDO:

Que, atento a la situación generada por la ocurrencia de fenómenos climáticos adversos en una vasta zona de la Provincia de Buenos Aires, se han establecido, oportunamente, un conjunto de normas tendientes a paliar los padecimientos resultantes por medio del otorgamiento de beneficios promocionales en materia tributaria;

Que, en esta instancia, en virtud de las numerosas presentaciones realizadas por los contribuyentes con el fin de obtener el beneficio, en los partidos alcanzados por desastre, se torna necesario por cuestiones netamente operativas, proceder a conceder una prórroga del vencimiento establecido oportunamente;

Por ello,

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS DISPONE:

Artículo 1º: Prorrogar hasta el día 27 de marzo de 2002, inclusive, los vencimientos de pago de aquellas obligaciones devengadas y que se devenguen a partir del 01/11/01, por los impuestos inmobiliario, sellos y sobre los ingresos brutos; por inmuebles situados y actividades generadas en los Partidos de Las Flores, Pila y Castelli, en virtud de los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

Artículo 2º: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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