Disposición Normativa-Serie "A" Nº 016/01


ASUNTO: Situación de Desastre Agropecuario. Prórroga para el vencimiento del pago de obligaciones por tributos provinciales para zonas afectadas por la misma.-


La Plata, 30 de marzo de 2001.-


VISTO y CONSIDERANDO:

Que, atento a la situación generada por la ocurrencia de fenómenos climáticos adversos en una vasta zona de la Provincia de Buenos Aires, se han establecido, oportunamente, un conjunto de normas tendientes a paliar los padecimientos resultantes por medio del otorgamiento de beneficios promocionales en materia tributaria;

Que, lejos de disminuir estas adversas condiciones, las mismas se han mantenido inalteradas en todo el ámbito geográfico afectado, justificándose, por tanto, una nueva prórroga del vencimiento de los tributos provinciales;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS DISPONE:

Artículo 1º: Prorrogar para los impuestos Inmobiliario, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, hasta el día 29 de junio de 2001, inclusive, la fecha de vencimiento establecida en la Disposición Normativa Serie "A" Nº 10/01; manteniéndose con respecto a los tributos mencionados, todos los demás efectos de la misma.

Artículo 2º: La prórroga dispuesta en el Artículo 1°, será de aplicación para los planes de regularización que se formalicen ó se hubieren formalizado con respecto a los tributos en él mencionados, por los vencimientos de sus respectivas cuotas, que operen hasta dicha fecha.

Artículo 3°: Regístrese, comuníquese a la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral y a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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