Disposición Normativa-Serie "B" Nº 014/00

ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Disposición Normativa Serie "B" N° 43/96. Modificación.-


La Plata, 10 de abril de 2000.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de la Disposición Normativa Serie "B" N° 43/96, se implementó un régimen general de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Que razones de interés fiscal hacen conveniente sustituir la alícuota prevista a los fines de liquidar el importe de la retención.

Por ello,

LA DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1: Sustituir el texto del Artículo 8 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 43/96, por el siguiente:

"Artículo 8.- A los fines de la liquidación de la retención, se aplicarán sobre el monto establecido según lo prescripto en el Artículo 6, las alícuotas siguientes:

a) Pagos realizados respecto de las operaciones de adquisición de cosas muebles: 0,75% (CERO CON SETENTA Y CINCO POR CIENTO).

b) Pagos realizados respecto de las locaciones (de cosas, obras, o servicios) y prestaciones de servicios: 1,75% (UNO CON SETENTA Y CINCO POR CIENTO).

Las alícuotas establecidas en los párrafos que anteceden, regirán también respecto de los contribuyentes sujetos a las normas del Convenio Multilateral, no resultando aplicables los Artículos 174 a 183 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/95."

Artículo 2: Establecer la vigencia de la presente disposición a partir del día 1° de mayo del año 2000.

Artículo 3: Regístrese, comuníquese, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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