Disposición Normativa-Serie "A" Nº 015/00


ASUNTO: Impuesto Inmobiliario Urbano Edificado. Impuesto Anual, plazo para el pago en término.-


La Plata, 29 de marzo de 2000.-


VISTO y CONSIDERANDO:

Que la gran afluencia de contribuyentes a las Oficinas de Distrito, como así también la gran cantidad de llamados telefónicos al Servicio 0-800 RENTAS, solicitando la liquidación para el pago del Impuesto Anual del Impuesto Inmobiliario Urbano Edificado, hace necesario ampliar el plazo para el pago en término de las mismas para una mejor atención de los contribuyentes y funcionamiento de las oficinas;

Que se ha procedido de idéntica forma ante situaciones similares;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar abonados en término los pagos del Impuesto Anual correspondiente al Impuesto Inmobiliario Urbano Edificado, que se efectúen hasta el 31 de marzo de 2000 inclusive.

Artículo 2º: Regístrese, comuníquese al Banco de la Provincia de Buenos Aires y a quienes corresponda; solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.-

 
 
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