Disposición Normativa-Serie "B" Nº 059/99

ASUNTO: Decreto 321/99 de Regularización Impositiva. Reapertura. Decreto 2.279/99: normas de aplicación.


La Plata, 29 de septiembre de 1999.-


VISTO:
El dictado del Decreto 2.279/99, que dispuso sustituir en el artículo 1º del Decreto 1.915/99 la expresión "31 de agosto de 1999", por "1º de octubre de 1999, extendiendo así el período de vigencia del Decreto 321/99, y

CONSIDERANDO:
Que es menester dictar las normas complementarias que permitan aplicar los decretos mencionados.

Por ello,

LA DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1: Restablecer la vigencia de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 06/99 (modificada por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 43/99), con las modificaciones introducidas mediante la presente, por un plazo que se extenderá hasta el día 1º de octu-bre de 1999.

Artículo 2: Extender hasta el 01/10/99 el plazo previsto en el artículo 26 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 06/99.

Artículo 3: Sustituir el inciso 1 del artículo 31 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 06/99, por el siguiente:

"1. La solicitud deberá efectuarse desde el 26/07/99 y hasta el 01/10/99."

Artículo 4: La caducidad de los planes de regularización del régimen del Decreto 321/99 se tendrá por no producida, en los casos en que las cuotas vencidas que ocasionaron tal circunstancia hayan sido abonadas o se abonen hasta el 10/10/99, con los intereses previstos en el artículo 75 del Código Fiscal (t.o. 1999).

Artículo 5: La presente entrará en vigencia a partir del día 1º de septiembre de 1999.

Artículo 6: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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