Disposición Normativa-Serie "B" Nº 015/99

ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen Especial de Percepción. Industrias elaboradoras de cervezas y agentes de comercialización mayorista de dichos bienes. Disposiciones Normativas Serie "B" N° 59/98 y 3/99. Extensión del período de transición.


La Plata, 29 de marzo de 1999.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 59/98 se implementó un régimen especial de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que deben aplicar las industrias elaboradoras de cervezas y los agentes de comercialización mayorista de dichos bienes.

Que en virtud de las características particulares que asume la comercialización de los bienes precedentemente referidos, mediante la Disposición Normativa Serie "B" Nº 3/99 se procedió a modificar el régimen instaurado, estableciéndose un período de transición hasta el 31/03/99 a fin de instrumentar las adecuaciones necesarias.

Que en esta instancia, y a los fines de alcanzar el objetivo propuesto en dicha ocasión, resulta menester extender el referido período hasta el 10/04/99.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1: Establecer que la modificación dispuesta por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 3/99, en relación al régimen especial de percepción instituido por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 59/98, se extenderá hasta el 10/04/99 inclusive.

Artículo 2: La presente disposición regirá a partir del 01/04/99.

Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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