Disposición Normativa-Serie "A" Nº 040/99

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario Rural. Considerar abonada en término la cuota 03/99.


La Plata, 03 de diciembre de 1999.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que la Comisión Local de Emergencia y Desastre Agropecuario ha propiciado el Estado de Emergencia Agropecuaria para los partidos de Carmen de Patagones, Bragado, Villarino, Tornquinst, Puàn, Saavedra, Adolfo Alsina, Bahía Blanca, Coronel Pringles, Tres Lomas, Lincoln, Alberti, Daireaux, L.N. Alem, Rivadavia, Pellegrini, Guaminì, Gral. Viamonte y Veinticinco de Mayo, durante el período que abarca desde el 01/11/99 al 29/02/00.-

Que por Disposición Normativa Serie "A" 56/98, se aprobó el Calendario Fiscal para el año 1999, fijàndose las fechas de vencimiento para el pago de la cuota 03/99 del Impuesto Inmobiliario -Planta Rural -, según el número de terminación de cada partida.

Que por razones de índole operativa aconsejan, únicamente para los partidos enunciados en el primer párrafo, extender los plazos establecidos e indicados conforme a lo especificado en el párrafo anterior, para posibilitar el ingreso de los pagos correspondientes.

Por ello,

LA DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1: Considerar, hasta el 15 de diciembre de 1999, como ingresados en término, los pagos realizados por los Sres. Contribuyentes del Impuesto Inmobiliario - Planta Rural, cuota 03/99 - y cuyas partidas se encuentren ubicadas en los partidos de Carmen de Patagones, Villarino, Bragado, Tornquinst, Puàn, Saavedra, Adolfo Alsina, Bahía Blanca, Coronel Pringles, Tres Lomas, Lincoln, Alberti, Daireaux, L.N. Alem, Rivadavia, Pellegrini, Guaminì, Gral. Viamonte y Veinticinco de Mayo.

Artículo 2: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, Circúlese y Archìvese.

 
 
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