Disposición Normativa-Serie "B" Nº 036/98

ASUNTO: Régimen de Consolidación de deudas de la Ley 11808. Disposición Normativa Serie "B" Nº 35/98. Fe de Erratas.


La Plata, 03 de julio de 1998.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición Normativa Serie "B" Nº 35/98 se dispuso considerar abonado en término el importe total de contado o, en su caso, del anticipo del tributo a regularizar en los términos de la ley 11808.

Que en los Considerandos de dicha norma se han consignado algunos datos en forma equívoca, razón por la cual corresponde proceder, en esta oportunidad, al dictado de la pertinente Fe de Erratas.

Por ello,

LA DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS DISPONE:

Artículo 1: Dictar la Fe de Erratas de los Considerandos de la Disposición Normativa Serie "B" 35/98, de acuerdo a lo siguiente:

Donde dice: Debe decir:

3º Considerando: "...1997..." "...1996 y 1997..."

4º Considerando: "...5 de mayo..." "...5 de junio..."

Artículo 2: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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