Disposición Normativa-Serie "A" Nº 016/98

ASUNTO: Impuesto de Sellos. Contratos de transferencia de Acoplados, Casas Rodantes y Semirremolques. Tabla de asimilados.


La Plata, 9 de Marzo de 1998.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que el artículo 237 del Código Fiscal (T.O. 1996) establece que "En los contratos de compraventa de vehículos automotores, el impuesto se liquidará sobre el precio de venta o sobres el valor de tasación que para los mismos establezca la Superintendencia de Seguros de la Nación, el Organismo de Aplicación determinará el valor previa tasación especial".

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1°: Fijar las tablas de valores para Acoplados, Casas Rodantes y Semirremolques usados y 0 km., anexas a la presente y que se consideran parte integrante de la misma.

Artículo 2°: Aprobar la tabla de vehículos asimilados que se adjuntan a la presente a los efectos de liquidar el Impuesto de Sellos en los casos de rodados que su antigüedad no figuren en las tablas publicadas por la Dirección Provincial de Rentas.

Artículo 3°: La presente Disposición Normativa tendrá vigencia a partir de la fecha.

Artículo 4°: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.

 
 
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