Disposición Normativa-Serie "B" Nº 026/96

ASUNTO: Fe de Erratas. Disposición Normativa Serie "B" Nº 24/96.-


La Plata, 29 de mayo de 1996.-


VISTO Y
CONSIDERANDO:

Que la Disposición Normativa Serie "B" Nº 24/96 incluyo ciertas modificaciones a la obligatoriedad del uso del cheque como medio de pago de las obligaciones tributarias.

Que habiéndose detectado un error material en el Artículo 1º de la citada disposición, resulta necesario incorporar la correspondiente "Fe de Erratas".

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Incorporar como "fe de erratas" de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 24/96, la siguiente corrección:

"Donde dice"

"Artículo 20 bis: Será obligatoria la utilización alternativa del cheque como medio de pago, cuando el importe de la obligación a cancelar supere la suma de pesos dos mil ($2.000)".-

"Deberá decir"

"Artículo 20 bis: Será obligatoria la utilización del cheque como medio de pago, cuando el importe de la obligación a cancelar supere la suma de pesos dos mil ($2.000)".-

Artículo 2º: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.-

 

DRA. MARIA CRISTINA SEMORILE
DIRECTOR DIRECCION TECNICA TRIBUTARIA
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

DRA. MARTA SUSANA MOUSSOLI
DIRECTORA PROVICNIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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