Disposición Normativa-Serie "B" Nº 057/95

ASUNTO: Disposiciones Normativas Serie "B" N° 36/95 y 42/95. Artículo 79° del Código Fiscal T.O. 1994. Régimen General de Facilidades de Pago. Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Sellos.-


La Plata, 30 de noviembre de 1995.-


VISTO Y
CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 16 de la Disposición Normativa Serie "B" 36/95, modificado por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 42/95, se prevé el acogimiento al plan facilidades de hasta treinta (30) meses para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y sellos, que se presenten hasta el 30 de noviembre de 1995.

Que ante la masiva concurrencia de contribuyentes y a los fines de prestar una atención mas adecuada, tal como se procediera en regímenes anteriormente en vigencia y en análogas situaciones, se procede a considerar validas a las solicitudes presentadas hasta el 6 de diciembre del corriente.

Por ello;

El DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Se considerarán presentadas en término aquellas solicitudes al plan de facilidades de pago del Artículo 79 del Código Fiscal, en relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos, que se efectuaren hasta el 6 de diciembre de 1995.-

Artículo 2º: Regístrese, comuníquese, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.-

 

DRA. MARTA SUSANA MOUSSOLI
DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMÍA

DR. CARLOS ARIEL LAPINE
DIRECTOR
DIRECCIÓN TECNICA TRIBUTARIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS

 
 
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