Disposición Normativa-Serie "A" Nº 067/93

ASUNTO: Impuesto de Sellos. Contratos de transferencias de automotores, camiones, acoplados ómnibus, microómnibus y colectivos. Monto imponible.-


La Plata, 17 de diciembre de 1993.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que por Disposición Nº 1021/76 se dispuso adoptar como tasación especial para los contratos relacionados con los vehículos automotores y/o remolcados las tablas de valores establecidas por la Caja Nacional de Ahorro y Seguro;

Que se hace necesario fijar la tabla de valores para vehículos y/o remolcados, incluidos camiones, acoplados ómnibus, microómnibus y colectivos usados;

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Fijar la tabla de valores para vehículos y/o remolcados, incluidos camiones, acoplados ómnibus, microómnibus y colectivos usados anexas a la presente y que se consideran parte integrante de la misma.-

Artículo 2º: Para los modelos O KM., que no figuren en las tablas de la Caja Nacional de Ahorro y Seguro, se deberán tomas los valores que fija la tabla de A.C.A.R.A. para dichos vehículos.-

Artículo 3º: La presente Disposición tiene vigencia a partir del 1º de diciembre de 1993.-

Artículo 4º: Regístrese, diríjase nota la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-




CDOR. CARLOS ALBERTO DI BASTIANO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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