Disposición Normativa-Serie "B" Nº 027/92

ASUNTO: Ley 11.253. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Sellos. Tasa retributiva de Servicios Administrativos y Judiciales. Contribuyentes con actuaciones en trámites. Impuesto Inmobiliario y Contribución Especial FO.PRO.VI. Ampliación plazo solicitud de acogimiento a facilidades de pago en cuotas.-


La Plata, 10 de diciembre de 1992.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Disposición Normativa Nº 23 y 24/92, se amplió hasta el 14 de diciembre de 1992, el plazo de vencimiento para el acogimiento de pago en cuotas, Ley 11.253, para contribuyentes que tengan actuaciones en trámites por los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Sellos y Tasa retributiva de Servicios Administrativos y Judiciales y, para los contribuyentes del Impuesto Inmobiliario y Contribución especial FO.PRO.VI. respectivamente;

Que a consecuencia de la gran afluencia de público que se presenta a regularizar su situación fiscal con los beneficios de la Ley 11.253; razones operativas tornan necesario prorrogar dicho plazo de vencimiento a efectos de que la autoridad de aplicación efectúe una adecuada atención de los contribuyentes;

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Prorrogar hasta el 29 de enero de 1993, el plazo de vencimiento para solicitar las liquidaciones de deuda y presentar los acogimientos la régimen de facilidades de pago de la Ley 11.253 exclusivamente para los contribuyentes que tengan actuaciones en trámites por los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Sellos y Tasa retributiva de Servicios Administrativos y Judiciales.-

Artículo 2º: Prorrogar hasta el 29 de enero de 1993, el plazo de vencimiento establecido por el Artículo 14°, Inciso 3°) de la Disposición Normativa Nº 12/92 con relación al Impuesto Inmobiliario y Contribución especial FO.PRO.VI.-

Artículo 3º: La presente Disposición tiene vigencia a partir de la fecha.-

Artículo 4º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-


CDOR. CARLOS ALBERTO DI BASTIANO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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