Disposición Normativa-Serie "B" Nº 025/92

ASUNTO: Ley de Regularización Impositiva Nº 11.253. Pago en cuotas. Prórroga de vencimiento.-


La Plata, 2 de diciembre de 1992.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que esta autoridad de aplicación dictó la Disposición Normativa Serie "B" N° 12/92 a fin de poner en vigencia a partir del 7/9/92 los beneficios de pago en cuotas - régimen especial de regularización de deudas impositivas provinciales por Ley 11.253;

Que conforme al Artículo 22° de la citada Normativa, el vencimiento de pago de las cuotas operará el día 5 o hábil siguiente de cada mes;

Que por problemas en el sistema computarizado para la emisión de cuotas, a fin de posibilitar la correcta atención de los contribuyentes, resulta conveniente la aplicación de los plazos fijados para el pago de la misma, cuyo vencimiento operaba el día 7/12/92;

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos correspondientes a la 1º, 2º o 3º cuota de los acogimientos a la Ley 11.253, en concepto de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Tasas retributivas de Servicios, Sellos, Automotores, Embarcaciones Deportivas o de Recreación; Inmobiliario y Contribución especial FOPROVI que vencían el 7 de diciembre de 1992 y se efectivicen hasta el día 14 de diciembre de1992.

Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir de la fecha.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-



ENRIQUE MARIO GADEA
DIRECTOR DE ORG.Y RELAC. INSTITUCIONALES
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

CDOR. CARLOS ALBERTO DE BASTIANO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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