Disposición Normativa-Serie "B" Nº 021/92

ASUNTO: Ley 11.253. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. 1º y 2º cuota. Plazo para el pago en término.-


La Plata, 10 de noviembre de 1992.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que esta autoridad de aplicación mediante Disposición Normativa Serie "B" N° 14/92, amplió hasta el día 9/10/92, el plazo para el pago de la primera cuota correspondiente a los acogimientos de la Ley 11.253 para el Impuesto a los Ingresos Brutos;

Que habiendo operado a la fecha de vencimiento de la segunda cuota de los citados acogimientos y a fin de posibilitar una mejor atención de los contribuyentes en beneficio por parte de los mismos del cumplimiento de su obligación fiscal, resulta conveniente la ampliación de los plazos fijados para ambas cuotas;

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos correspondientes a la primera y segunda cuota de los acogimientos a la Ley 11.253 en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que se realicen hasta el día 14 de noviembre de 1992.-

Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir de la fecha.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Servicios Técnicos y Administrativos, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-


DRA. LAURA C. CENICEROS
DIRECTORA TECNICA TRIBUTARIA
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

CDOR. CARLOS ALBERTO DE BASTIANO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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