Disposición Normativa-Serie "A" Nº 152/91

ASUNTO: Cuota adicional de emergencia. Ley 10.897 (Artículos 1°, 2° Y 4°). Índices de noviembre de 1991.-


La Plata, 8 de noviembre de 1991.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Disposición Normativa Serie "A" N° 63/90, se dispuso prorrogar la fecha de vencimiento para el pago de la cuota adicional de emergencia - Ley 10.897, Artículo 4°, estableciéndose como nueva fecha el día 16 de abril de 1990,

Que por Disposición Normativa Serie "A" N° 99/90, se dispuso prorrogar la fecha de vencimiento para el pago de la cuota adicional de emergencia - Ley 10.897, Artículo 2°, estableciéndose como nueva fecha el día 8 de junio de 1990,

Que por Disposición Normativa Serie "A" N° 120/90, se dispuso prorrogar la fecha de vencimiento para el pago de la cuota adicional de emergencia - Ley 10.897, Artículo 1°, estableciéndose como nueva fecha el día 29 de junio de 1990,

Que se hace necesario fijar los nuevos Índices de Liquidación para dicho tributo;

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Aporbar los Índices de Liquidación aplicables durante el mes de noviembre a las deudas referidas a la cuota adicional de emergencia - Ley 10.897 (Artículos 1º, 2º y 4º). Los mismos se adjuntan a la presente en los Anexos I (Multas) y II (Punitorios) y se consideran parte integrante de la misma.-

Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir del 1° de noviembre de 1991.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archivese.-

 

RAUL A. SIVORI
RESPONSABLE SECTOR ESTADISTICA
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

CR. CARLOS ALBERTO DI BASTIANO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

LIC. MARTA E. VILLALBA
DIRECTORA DE RECAUDACION
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

 
 
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