Disposición Normativa-Serie "A" Nº 146/91

ASUNTO: Impuesto de Sellos. Contratos de Transferencias de Automotores, camiones, acoplados, ómnibus, micro-ómnibus y colectivos. Monto imponible. Período octubre/diciembre 1991.-


La Plata, 15 de octubre de 1991.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Disposición Nº 1021/76 se dispuso adoptar como tasación especial para los contratos relacionados con los vehículos automotores y/o remolcados las tablas de valores establecidas por la Superintendencia de Seguros de la Nación;

Que teniendo en cuenta, que los precios de los vehículos no han sufrido modificaciones sustanciales, se ha procedido a prorrogar la vigencia de la tabla de valores por Disposición Normativa Serie "A" Nº 103/91, la cual será de aplicación para el período octubre / diciembre de 1991;

Que se hace necesario fijar para el período octubre / diciembre de 1991, la tabla de valores para vehículos y/o remolcados (incluidos, camiones, acoplados, ómnibus, micro-ómnibus y colectivos usados);

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Fijar para el periodo octubre / diciembre de 1991, las tablas de valores para vehículos automotores y/o remolcados camiones, acoplados, ómnibus, micro-ómnibus y colectivos usados publicados mediante Disposición Normativa Serie "A" Nº 103/91.-

Artículo 2º: Para los modelos 1991, que no figuren en las tablas de la Superintendencia de Seguros de la Nación, se deberán tomar los valores que fija la tabla de A.C.A.R.A. para dichos vehículos.-

Artículo 3º: En el caso de los valores expresados en dólares se deberá tomar como cotización la de australes 10.000 por dólar billete.-

Artículo 4º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-

 

CDOR. CARLOS ALBERTO DI BASTIANO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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