Disposición Normativa-Serie "A" Nº 005/91

ASUNTO: Nueva ampliación del plazo para el pago del Impuesto Automotor. 1° anticipo año 1991.-


La Plata, 17 de enero de 1991.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Disposición Normativa Serie "A" N° 3/91, se dispuso considerar como abonados en término, los pagos del primer anticipo del Impuesto a los Automotores año 1991 (cuota 01/91) para los dominios impares y pares, hasta el 17 de enero de 1991;

Que a fin de considerar el pago en término del citado tributo por parte de los contribuyentes obligados, resulta necesario ampliar la fecha de vencimiento hasta el 24 de enero de 1991;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos del primer anticipo (01/91) del Impuesto a los Automotores año 1991 (cuota 01/91) para los dominios impares y pares, que se efectuen hasta el día 24 de enero de 1991.-

Artículo 2º: Los pagos efectuados, así como los cheques y/o giros enviados, se considerarán válidos y sin derecho a repetición.-

Artículo 3º: La presente Disposición tiene vigencia a partir de la fecha.-

Artículo 4º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archivese.-

 
 
Arba © Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires