Disposición Normativa-Serie "A" Nº 115/90

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. 3° anticipo año 1990 (cuota 03/90 y FO.PRO.VI). Plazo para el pago en término.-


La Plata, 27 de junio de 1990.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Disposición Normativa Serie"A" Nº 104/90, se fijaron las fechas de vencimiento para el pago del tercer anticipo del Impuesto Inmobiliario año 1990 (cuota 3/90 y FO.PRO.VI.), para las partidas incluídas en el sistema de descentralización administrativa tributaria correspondiente a las plantas urbano edificada y rural, partidas correspondiente a la planta urbana edificada cuyo monto de cuota sea mayor o igual a A 106.076 y partidas correspondientes a la planta rural que se abonen hasta el 26 de junio de 1990;

Que a los efectos de una más adecuada atención de los contribuyentes en sus en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, tal como se procediera en vencimiento antae anteriores análogas situaciones, procede ampliar el ingreso de dicha obligación;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos del tercer anticipo del Impuesto Inmobiliario año 1990 (cuota 3/90 y FO.PRO.VI.), para las partidas cuyo vencimiento opera el día 26 de junio de 1990, que se efectúen hasta el 4 de julio de 1990.-

Artículo 2º: Los pagos efectuados, aspí como los cheques y/o giros enviados, se consideran firmes y sin derecho a repetición.-

Artículo 3º: La presente Disposición tiene vigencia a partir del día de la fecha.-

Artículo 4º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-

 

CR. RUBEN ROBERTO GARCIA
DIRECTOR DE RECAUDACION
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

 
 
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