Disposición Normativa-Serie "A" Nº 017/90

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. 1° anticipo 1990 (cuota m/90 y FO.PRO.VI). Monto.-


La Plata, 24 de enero de 1990.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 54º del Código Fiscal Ley 10.397 modificada por la Ley Nº 10.731 la Dirección Provincia de Rentas esta facultada para exigir anticipos de las obligaciones fiscales;

Que corresponde establecer la base de cálculo para el cobro del primer anticipo del Impuesto Inmobiliario año 1990 (cuota 1/90 y FOPROVI), de acuerdo a las pautas recibidas de la Dirección Provincial de Política Fiscal;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Establecer como primer anticipo del Impuesto Inmobiliario año 1990 (cuota 1/90 y FOPROVI) el monto resultante de aplicar la siguiente fórmula:

LEY IMPOSITIVA 1988 X 227,948 X 0,20 X 1,88 X 1,07

Artículo 2º: Modificar las fechas de vencimiento del primer anticipo del Impuesto Inmobiliario año 1990 (cuota 1/90 y FOPROVI) previstas en la Disposición Normativa Serie "A" N° 165/89 - Calendario Fiscal año 1990 - por las siguientes:

PARTIDAS TERMINADAS EN
DIA DE VENCIMIENTO
0, 1 Y 2
20/02/90
3, 4 Y 5
22/02/90
6, 7 , 8 Y 9
26/02/90

Artículo 3º: Establecer que se emitan sin importe, por adecuación de la estructura impositiva, aquellas partidas cuyo impuesto sea inferior a australes dos mil (A 2.000).-

Artículo 4º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archivese.-


CR. ABEL JORGE SCARABINO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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