Disposición Normativa-Serie "A" Nº 079/88

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. Plazo para el pago en término de la cuota 4 año 1988. parcelas rurales declaradas en emergencia y desastre agropecuario. Decreto 4181/88. Partido Roque Pérez.-


La Plata, 8 de septiembre de 1988.-


VISTO:

Que por Decreto Nº 4181/88 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, se prorroga y declara el estado de emergencia y desastre agropecuario en diversos partidos de la provincia; y

CONSIDERANDO:

Que mediante radiograma de fecha 5 de septiembre de 1988 el señor intendente municipal de Roque Pérez solicita prórroga para el pago de la cuarta cuota del Impuesto Inmobiliario año 1988 (cuota 4/88), en razón de que aun faltan entregar a los contribuyentes gran cantidad de certificados de emergencia y/o desastre agropecuario por parte del Ministerio de Asuntos Agrarios;

Que con el objeto de posibilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a los contribuyentes afectados, es oportuno fijar una fecha especial para el ingreso de la citada cuota.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos de la cuarta cuota del Impuesto Inmobiliario año 1988 (cuotas 4/88) de las partes no afectadas ubicadas en la circunscripciones y sector del partido de Roque Pérez, relacionados en los Artículos 1º y 2° del Decreto N°4181/88, que se abonen hasta el día 23 de septiembre de 1988, respectivamente.-

Artículo 2º: Los pagos efectuados, así como los cheques y/o giros enviados, se consideraran firmes y sin derecho de repetición.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-



LIC. JOSE ALBERTO SBATTELLA
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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