Disposición Normativa-Serie "B" Nº 008/87

ASUNTO: Incorporación de la Disposición Normativa Serie "B" N° 5/86 a la Disposición Normativa Serie "B" N° 6/86.-


La Plata, 24 de abril de 1987.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición normativa b n-6/86 esta Dirección aprobó el texto ordenado de la Disposición normativa b-1/85 (normas reglamentarias e interpretativas de la legislación tributaria vigente-texto único), abarcando dicho cuerpo las Disposiciones dictadas con posterioridad al texto original hasta la b-4/86 inclusive;

Que, en consecuencia, la Disposición Normativa B-5/86 no llego a incorporarse al texto ordenado antes mencionado;

Que la aludida b-5/86, publicada en el Boletín Oficial el 16 de mayo de 1986, modifico el plazo para el ingreso del impuesto de sellos por parte de las entidades registradoras que actúan como agentes de recaudación de aquel tributo, por lo que la aparición posterior del texto ordenado 1986 de la Disposición Normativa B-1/85 puede causar confusión en los administrados con relación al plazo de ingreso que se encuentra vigente;

Que es conveniente, entonces, a fin de mantener la organicidad del sistema, incorporar al texto ordenado citado la reforma introducida por la Disposición Normativa B-5/86.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: El Artículo 49 de la Disposición normativa b-1/85 (texto ordenado 1986 por Disposición Normativa B-6/86) tendrá el siguiente texto:

Pago-Término. Artículo 49.- el plazo para ingresar el importe en concepto de impuesto de sellos y sus accesorios en su caso, se extenderá hasta el quinto día hábil del mes calendario siguiente a aquel en que se debe efectuar el registro del instrumento.

Este plazo regirá para los instrumentos presentados a las distintas entidades registradoras a partir del 1º de mayo de 1986". -

Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-


CR. ROBERTO A. OLHASSO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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