Disposición Normativa-Serie "A" Nº 116/87

ASUNTO: Contribución para el Fondo Provincial de la Vivienda FO. PRO. VI. Planta rural y mejoras. Determinación, cuota y fecha vencimiento.-


La Plata, 10 de noviembre de 1987.-


VISTO:

Que por Decreto N° 4183/86, se autoriza al Ministerio de Economía a dictar las Normas necesarias a efectos de determinar la modalidad de pago, período de ingreso y demás condiciones que hagan a la aplicación de la contribución especial establecida por el Artículo 7° Inciso A) apartado B) del Decreto Ley 9573/80 texto según Ley 10.392 (FO.PRO.VI);

Que el citado Decreto desgina a la Dirección Provincial de Rentas como autoridad de aplicación de la mencionada contribución especial, y;

CONSIDERANDO:
Que por Resolución Ministerial Nº 593/87 se fija la metodología para establecer el monto de la citada contribución para la planta rural y mejoras, por lo que resulta necesario establecer la fecha de pago de la misma.-

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Fijar como Contribución Especial para el Fondo Provincial de la Vivienda 1987 (FO.PRO.VI.) para la planta rural y mejoras, el monto resultante de aplicar la siguiente fórmula:

IMPUESTO INMOBILIARIO 1987
X 0,131376 (ARTICULOS 2º Y 3º LEY 10.473 Y DECRETO 1863/87)

con vencimiento el día 23 de noviembre de 1987 para las partidas impares y pares, respectivamente.-

Artículo 2º: La presente Disposición tendrá vigencia a partir de la fecha.-

Artículo 3°: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-

 

CR. ROBERTO A. OLHASSO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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