Disposición Normativa-Serie "A" Nº 022/87

ASUNTO: Decreto 2872 / 86. Fijación fechas vencimiento de cuotas del plan de Facilidades de pago.-


La Plata, 6 de marzo de 1987.-


VISTO:

Que mediante Decreto Nº 2872/86 se establece un régimen de facilidades de pago para aquellas empresas que afronten graves dificultades económico-financieras, y

CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 9º del citado Decreto se faculta a la autoridad de aplicación a dictar las normas complementarias a efectos de su implementación y en especial sobre plazos;

Que atento a lo expuesto resulta necesario fijar las fechas de vencimiento de las cuotas que se otorguen en cada caso;

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Fijar como fecha de vencimiento de la cuota uno (1) del régimen de facilidades de pago establecidos por Decreto Nº 2872/86, el día 20 del mes siguiente a la fecha de notificación de la Resolución ministerial que lo otorgue. Los vencimientos de las cuotas siguientes se producirán a los días 20 de cada mes o trimestre, según se trate de cuotas mensuales o trimestrales.-

Artículo 2º: La presente Disposición tendrá vigencia a partir del día de la fecha.

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-


CR. ROBERTO A. OLHASSO

DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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