Disposición Normativa-Serie "B" Nº 026/86

ASUNTO: Suspensión de la vigencia de la Disposición Normativa Serie B Nº 21/86.-


La Plata, 30 de diciembre de 1986.-


VISTO:

Que por Disposición Normativa Serie "B" Nº 21/86 se estableció un sistema de percepciones del impuesto sobre los ingresos brutos para contribuyentes no inscriptos en los registros respectivos, y

CONSIDERANDO:
Que la índole, novedad y complejidad del régimen previsto por la aludida Disposición Normativa hacen aconsejable prorrogar la entrada en vigencia del sistema, a fin de permitir su adecuada implementación por parte de los responsables designados.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Sustitúyase el Artículo 10° de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 21/86 por el siguiente texto:

"Artículo 10°: la presente tendrá vigencia para las operaciones facturadas a partir del 1º de marzo de 1987.-

El sistema de control del Artículo anterior será obligatorio para las operaciones realizadas a partir del 1º de junio de 1987, quedando derogado desde esa fecha el procedimiento establecido en el Artículo 2º de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 29/85.-

Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-



LIC. ANIBAL P. ALVAREZ
DIRECTOR DE RECAUDACION
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

 
 
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