Disposición Normativa-Serie "A" Nº 083/86

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. Plazo para el pago en Término de la 4ª cuota año 1986 en el Partido de Dolores.-


La Plata, 19 de agosto de 1986.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que por Disposición Normativa Serie "A" Nº 78/86 se amplió hasta el 18 de agosto de 1986, el plazo para el pago de la 4ta. cuota del Impuesto Inmobiliario año 1986 (cuota 4/86), para las partidas impares y pares;

Que dificultades operativas no han permitido poner a disposición de los contribuyentes con domicilio postal en el partido de Dolores, la totalidad de los recibos de pago de la mencionada cuota;

Que con el objeto de posibilitar el cumpliento de la obligación fiscal en término por parte de los contribuyentes, es necesario fijar una fecha especial para su ingreso.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos de la cuarta cuota del Impuesto Inmobiliario año 1986, (Cuota 6/86) de contribuyentes con domicilio postal en el partido de Dolores y que cancelen la misma en las instituciones bancacrias habilitadas del citado partido, hasta el día 25 de agosto de 1986, para las partidas impares y pares.-

Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir del día de la fecha.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-

 
 
Arba © Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires