Nota N° 55/97 DRC  
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  La Plata, 27 de Febrero de 1997

Sr. Presidente del
Consejo Profesional de Agrimensura
Agrim. Héctor Lattanzio

SU DESPACHO:

De mi mayor consideración:

Me dirijo a Ud. a los efectos de solicitarle la difusión, a través del Boletín o del medio que considere más conveniente, las siguientes consideraciones:

Elementos que el Profesional debe recibir cuando se le entreguen Antecedentes.

Toda Solicitud de Antecedentes para Constituir el Estado Parcelario deberá llevar la reposición fiscal establecida por la Ley Impositiva Ley 11.904, artículo 25º, inciso 3).

El profesional deberá recibir copia de la plancheta, de la cédula catastral y de todas las planillas de revalúo que correspondan al inmueble cuyos antecedentes fueran solicitados.

En el caso en que como antecedente existiera un relevamiento de oficio que incorpore mejoras por el operativo BALDÍOS EDIFICADOS (formularios de la línea 800), el Departamento Zona entregará además de la Cédula y la Plancheta, un formulario, cuya fotocopia se adjunta, con las características relevadas de oficio.

Si como antecedente existiera una incorporación por datos obtenidos mediante el relevamiento aerofotogramétrico realizado por Aguas Argentinas, el Departamento Zona, además de entregar los antecedentes deberá indicar claramente la Superficie según Aguas Argentinas y la Superficie según Catastro. (la diferencia es la ampliación detectada por el vuelo). En este caso debe tenerse en cuenta que el vuelo es del año 1.994, por lo tanto las ampliaciones no pueden tener datas posteriores a ese año.

Cuando como antecedente exista un acogimiento a la Moratoria Catastral Ley 11.808, el Departamento Zona deberá informar la superficie de la ampliación declarada.

En la constitución del Estado Parcelario la ampliación será declarada con la data que le corresponda, aclarando en el rubro "observaciones" de los formularios "A" y 901, que esa ampliación fue declarada en la moratoria.

Cuando por cualquier motivo, las datas consignadas en la Constitución del Estado Parcelario, no coincidan con las suministradas por Catastro en los antecedentes de AGUAS ARGENTINAS o del operativo BALDIOS EDIFICADOS (formularios 800), el profesional deberá dejar expresa constancia en el rubro "observaciones" de los formularios "A" y 901 la justificación de la data consignada.-

NOTA Nº 55/97 D.R.C.