| Redes
de Compras |
DESCRIPCIÓN
DEL REGIMEN Es de uso obligatorio para
todas las Compañias de Seguros, incluidas la Cooperativas, que se
encuentren inscriptas, como Agentes de Recaudación ante la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires. En caso de constitución de nuevas Compañias
de Seguros, las mismas quedarán obligadas a actuar en conformidad
a lo establecido en el presente régimen de información, desde el
momento en que hubieran inscripto como Agentes de Recaudación ante
la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
MARCO NORMATIVO DEL REGIMEN DE INFORMACIÓN
Disposición Normativa Serie "B" N° 63/02 (Art. 1 y 2)
Disposición Normativa Serie "B" N° 35/03
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| Trámites
on - line |
INSCRIPCIÓN
MODIFICACIONES DE DATOS
Los Agente de Información deberán ingresar a "Trámites de Modificación
de Datos" y seleccionar el tipo de actualización que desean realizar
en función a si son persona física o jurídica. Téngase en cuenta
que para realizar una Modificación de Datos deberá contarse con
una Clave de Identificación Tributaria (CIT). Para mayor información
ingresar en Obtención de la Clave de Identificación
Tributaria.
Toda modificación de integrantes de la
red de compra deberá ser informada, debiéndose presentar en todos
los casos constancia de CUIL/CUIT/CDI de cada uno de los miembros
de la red SIEMPRE.
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| Aplicativo |
SIN
APLICATIVO DE USO LOCAL
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| Obtención
de la clave de identificación tributaria (CIT) |
CONCEPTO
La Clave de Identificación Tributaria (CIT) es un número de 6 dígitos
que sirve para autenticar al Agente de Información en todas aquellas
operaciones on line con la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
Si Ud. ya posee una Clave de Identificación Tributaria (CIT), otorgada
por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, la misma le es válida para operar en todos los trámites de
Agentes de Información.
SI UD. NO POSEE CLAVE DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA (CIT):
La clave se puede obtener de tres maneras:
- Al momento de confirmar el trámite de Inscripción al Régimen
de Información que corresponda, el usuario podrá obtener su
Clave de Identificación Tributaria para operar por web.
-
Por medio de la web, siempre y cuando el Agente de Información
sea Contribuyente y/o Agente de Recaudación del Impuesto sobre
los Ingresos Brutos.
- Dirigiéndose al Distrito donde se encuentra su legajo con
documentación que acredite identidad.
Con la primera clave obtenida, es decir aquella
que da el sistema, el Agente de Información NO podrá operar, pues
por mayor seguridad deberá modificarla definiendo un conjunto de
números a su elección.
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| Transferencia
de DDJJ
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Por Disposición Normativa
las redes de compra están obligadas a mantener actualizado el listado
de integrantes, no debiendo presentar más que la información correspondiente
a Altas o Bajas de sus integrantes cuándo estás sucedan a través
del menú
"Modificación de Datos".
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